Deducciones para freelancers
Qué gastos puedes restar de tus ingresos para pagar menos impuestos
En resumen
Las deducciones son gastos que restas de tus ingresos antes de calcular el ISR, pero solo aplican en PFAE (no en RESICO). Para que un gasto sea deducible necesitas factura (CFDI), pagarlo por medios electrónicos y que esté directamente relacionado con tu actividad.
¿Qué son las deducciones?
Las deducciones son los gastos que la ley te permite restar de tus ingresos antes de calcular cuánto debes de ISR. Mientras más deducciones legítimas tengas, menos impuestos pagas.
Pero ojo: no cualquier gasto es deducible. El SAT tiene reglas claras sobre qué se puede deducir, cómo debes pagarlo y qué documentación necesitas.
Deducciones en RESICO vs PFAE
Esta es una distinción clave:
- En RESICO: no puedes deducir ningún gasto para calcular el ISR, ni mensual ni anual. Pagas ISR sobre el total de ingresos cobrados, sin deducciones de ningún tipo.
- En PFAE: sí puedes deducir todos los gastos relacionados con tu actividad profesional. Esto reduce tu base gravable y potencialmente tu tasa efectiva de ISR.
En ambos regímenes, el IVA que pagas en tus gastos con factura es acreditable (lo restas del IVA que cobraste).
Requisitos para que un gasto sea deducible
Para que el SAT acepte una deducción, tu gasto debe cumplir todos estos requisitos:
- Tener CFDI — Necesitas la factura electrónica del proveedor
- Bancarización — El pago debe hacerse con transferencia, tarjeta de débito/crédito o cheque nominativo. Pagos en efectivo mayores a $2,000 no son deducibles
- Ser estrictamente indispensable — El gasto debe estar directamente relacionado con tu actividad profesional
- Estar registrado en contabilidad — Debe aparecer en tus registros contables
- Corresponder al ejercicio — El gasto debe ser del año fiscal que estás declarando
Gastos comunes deducibles para freelancers
Estos son los gastos que la mayoría de los freelancers pueden deducir (en PFAE):
- Equipo de cómputo: laptop, monitor, teclado, mouse, accesorios
- Software y suscripciones: herramientas de trabajo, licencias, servicios en la nube
- Internet y teléfono: la proporción que uses para tu actividad profesional
- Renta de oficina o coworking: si trabajas en un espacio dedicado
- Servicios profesionales: contador, abogado, diseñador que subcontrates
- Capacitación: cursos, talleres y certificaciones relacionados con tu actividad
- Papelería y consumibles: material de oficina
- Depreciación de activos: equipo de alto valor se deduce gradualmente (30% anual para equipo de cómputo)
Deducciones personales (solo PFAE)
En tu declaración anual de PFAE, puedes deducir:
- Gastos médicos y dentales (tuyos y de dependientes directos)
- Colegiaturas (desde preescolar hasta bachillerato, con topes)
- Intereses de crédito hipotecario (para tu vivienda)
- Aportaciones voluntarias al retiro (hasta 10% de tus ingresos acumulables o 5 UMAs anualizadas, lo que sea menor)
- Donativos a instituciones autorizadas (hasta 7% de tus ingresos del año anterior)
- Primas de seguros de gastos médicos
El total de deducciones personales tiene un tope: el menor entre 5 UMAs anualizadas o el 15% de tus ingresos totales.
Errores comunes
- Gastar “para deducir” — No gastes solo por deducir. Si no necesitas algo, gastar $100 para ahorrarte $30 de impuestos es perder $70.
- No pedir factura — Sin CFDI, el gasto no existe para el SAT.
- Pagar en efectivo — Gastos mayores a $2,000 pagados en efectivo no son deducibles.
- Mezclar gastos personales — Solo los gastos de tu actividad profesional son deducibles. La cena con amigos no cuenta.
Puntos clave
- En RESICO no puedes deducir ningún gasto para ISR (ni operativos ni personales)
- En PFAE, las deducciones reducen tu base gravable de ISR
- Todo gasto deducible necesita CFDI (factura electrónica)
- Los pagos deben hacerse por transferencia, tarjeta o cheque (bancarización)
- El gasto debe ser estrictamente indispensable para tu actividad
- El IVA de tus gastos es acreditable en ambos regímenes
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Fuentes
Aviso
Este contenido es informativo y no constituye asesoría fiscal. Consulta a un contador certificado para tu situación específica.